V&V Asesoramiento Empresarial » Medidas de apoyo a los emprendedores

Noticias

Medidas de apoyo a los emprendedores

Entre las principales medidas de apoyo a los emprendedores consistentes en bonificaciones en la Seguridad Social e incentivos fiscales, destacamos:

Para aquellos jóvenes que deseen iniciar una actividad empresarial:

  • Los emprendedores de hasta 30 años de edad, en el caso de hombres, y hasta 35 años, en el caso de mujeres, podrán beneficiarse de una bonificación del 30 % de la cuota de autónomos durante los 30 primeros meses desde la fecha de inicio de la actividad. La cuota mínima para el año 2013 asciende a 179 euros mensuales.

El pasado mes de enero se anunció una cotización mensual de 50 euros durante los primeros 6 meses de actividad para los hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años. Esta medida está pendiente de publicación.

  • Junto con la anterior reducción/bonificación a nivel estatal en la cuota de autónomos de la Seguridad Social, el Ayuntamiento de Madrid, a través de Madrid Emprende, ha publicado una bonificación consistente en el 50 % de la cuota de autónomos durante los primeros 18 meses de actividad a los menores de 30 años. Junto el requisito de ser menor de 30 años, los emprendedores deben de tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid, estar al corriente de las obligaciones tributarias y no haber realizado la misma actividad durante los 6 meses anteriores a la solicitud.

 

  • Dentro de las deducciones autonómicas, la Comunidad de Madrid, establece una deducción de 1.000 euros en el IRPF para los contribuyentes menores de 35 años que causen alta por primera vez en la Agencia Tributaria. Los requisitos son que la actividad se desarrolle principalmente en la Comunidad de Madrid y que el emprendedor se mantenga dado de alta en el censo de empresarios y profesionales de la Agencia Tributaria al menos un año natural desde la fecha del alta.

Para las empresas que deseen aumentar su plantilla, destacamos:

  • Para aquellas empresas con menos de 50 trabajadores que contraten de manera indefinida y a jornada completa a menores a 30 años e inscritos en la Oficina de Empleo, tendrán una bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social en la cuota empresarial de 1.000 euros el primer año, 1.100 el segundo año y 1.200 euros el tercer año. Así mismo, dispondrán de una deducción en el Impuesto sobre Sociedades de 3.000 euros si el primer contrato realizado por la empresa es a un menor de 30 años y si además el trabajador es beneficiario de una prestación desempleo, deducción por un importe equivalente al 50% de la prestación por desempleo pendiente de percibir por el trabajador en el momento de la contratación, con un límite de doce mensualidades.

 

  • Igualmente, aquellas empresas con menos de 50 trabajadores que contraten de manera indefinida y a jornada completaa desempleados mayores de 45 años e inscritos en la Oficina de Empleo, 1.300 euros de bonificación anual en las cotizaciones a la Seguridad Social en la cuota empresarial durante los tres primeros años del contrato indefinido.

 

En ambos casos, la empresa deberá mantener el empleo del trabajador durante un período de tres años.

Top

Comments are closed.

Top

Podemos ayudarle. Llámenos! +34 856 226 164

También puede contactar con nosotros desde aquí